El procedimiento de Nacionalidad a los descendientes de judíos expulsados de España es un derecho accesible a todos los descendientes de la familia. El derecho de los niños a adquirir la nacionalidad española no depende de la aplicación del procedimiento por los padres y conviene conocer las opciones disponibles para ellos para elegir la vía más económica y más simple.
La legislación española distingue entre niños mayores o menores de edad. Un niño de más de 18 años se considera un adulto, y por lo tanto requiere un proceso de nacionalidad completo e idéntico al de los padres. Hoy por hoy, la nueva vía regulada en la Ley 12/2015 de 24 de junio de concesión a los descendientes de sefardís requiere demostrar el origen sefardí de la familia, superar dos pruebas- una de lengua y otra de conocimiento de Constitución y cultura española- y demostrar vinculación actual con España.