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El acto de jura de la nacionalidad, la última fase antes de la nacionalidad Española

Muchos de nuestros clientes están completando hoy en día la última fase del procedimiento antes de tener en sus manos el pasaporte español: Jurar fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes Españolas.

Este trámite es la fase final del largo proceso de adquisición de la nacionalidad y se lleva a cabo en el Consulado Español del país de residencia del solicitante o en el Registro Civil de la localidad de residencia, si el solicitante reside en España.

El acto de la jura es obligado en todos los procedimientos de adquisición de la nacionalidad Española, sin diferencia de la vía por la que se accede a la misma, y en ese acto se formulan dos preguntas, en primer lugar si el compareciente jura o promete fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes Españolas, y en segundo lugar si desea conservar su nacionalidad de origen, con lo que podrán tener las dos nacionalidades. También se determinará cuál será su nombre y apellidos como español, teniendo en cuenta que los españoles llevan siempre dos apellidos, el del padre y el de la madre. Al completar esta fase, el registro de la persona solicitante se inscribe en el Registro Civil Consular de la localidad donde tuvo lugar su nacimiento y también en el Registro Civil Central en Madrid, donde figuraran también inscritos los nuevos españoles. Con ello se da por finalizado el proceso de nacionalidad.